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Reformar la Ley Orgánica Municipal

Reformar la Ley Orgánica Municipal

Presenta Diputado Edgar Inzunza Iniciativa de Ley para reformar la Ley Orgánica Municipal de Querétaro en materia de Justicia Cívica Municipa

Santiago de Querétaro, Qro., 27 de marzo de 2025. Como parte de su agenda legislativa, el
diputado y coordinador del Grupo de Morena, presentó ante la Oficialía de Partes del Poder
Legislativo del Estado de Querétaro, la “Iniciativa de Ley que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, en materia de justicia cívica
municipal”.
“Se trata de una iniciativa que tiene como objetivo, regular la actividad que se viene realizando por
parte de los Jueces Cívicos en la actualidad. Adicionamos también la figura del Procurador, por
supuesto el tema del Secretario o Secretaria, Juez o Jueza y también el Médico dentro de la
misma. Lo que buscamos es que actúen dentro del marco de la ley, para que puedan realizar sus
funciones”, explicó el diputado Inzunza Ballesteros.
El legislador manifiesta en la iniciativa presentada, la necesidad fortalecer la justicia administrativa
municipal, (…) para lo cual propone “incorporar en esta reforma un esquema básico de elementos,
requisitos, causales de recurribilidad y de extinción de actos, para dar certeza jurídica a las y los
ciudadanos”.
Edgar Inzunza Ballesteros afirmó que estará realizando los trabajos necesarios de estudio y
socialización de la propuesta, para que pueda avanzar y se tenga así ya una regulación en los
municipios respecto a los Jueces Cívicos.
Explicó que el propósito es que todas las municipalidades cuenten con un marco uniforme, claro y
armonizado respecto de la Justicia Administrativa Municipal, para lo cual plantea “crear bases
generales para establecer competencias claras de la figura del Juez Cívico, como parte del orden
jurídico municipal”. Además, “se delimitan las obligaciones y facultades del Juez o la Jueza Cívica,
dentro de la demarcación del municipio mediante la adición del artículo 131 Ter (…)”.
Asimismo, en la reglamentación que los municipios hacen respecto de la Justicia Administrativa, se
contemplan figuras como la del Procurador Social, “la cual -dijo- se crea con la finalidad de
desempeñar competencias que el Juez Cívico ya realiza, pero sin un sustento legal adecuado,
pues esta figura encuentra su fundamento en la reglamentación municipal; por lo que para
solventar esta ambigüedad se propone conferir las obligaciones y facultades del Procurador o la
Procuradora, mediante la adición del artículo 131 quater (…)”.
Además, se plantea el dotar a la figura de la Juez o Jueza Cívica de un marco normativo más
independiente, respecto del poder político del municipio, además de dejar claras sus
competencias.
Por otro lado, el diputado Inzunza propone en esta iniciativa, la “reforma el artículo 132 de la citada
Ley, a efecto de que el o la Juez Cívico y el Procurador(a) sea nombrado(a) por el Cabildo,
mediante votación calificada, debiendo ser elegido de una terna propuesta por el o la Presidente(a)
Municipal, durando en su encargo por un periodo de 3 años. (…) Esto en virtud de contar con una
mayor legitimidad para el nombramiento de la figura del Juez Cívico, al componerse el
Ayuntamiento de la representación de las diversas corrientes políticas y de esa forma se ven
reflejadas las voluntades de la mayoría de la población de cada municipio”, se lee en la propuesta.
Destaca también que esta iniciativa proponen “herramientas gramaticales y semánticas que dan
opciones para prescindir de expresiones sexistas y excluyentes en el habla oral y escrita, como

una forma consciente de contribuir al desarrollo de una sociedad de derechos para todas las
personas”.

CON INFORMACION DE COM SOC LXI LEGISLATURA DE QRO.

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