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Mayor regulación en comercialización de animales

Mayor regulación en comercialización de animales

Presenta Diputada del PVEM, Perla Flores, Iniciativa de Reforma al Código Ambiental de Querétaro

en materia de comercialización de animales

Santiago de Querétaro, Qro., 10 de abril de 2025. Con el propósito de que la comercialización
de especies sea algo mejor regulado, en apego a lo que dictan diversos ordenamientos en la
materia, y considerando que existen áreas de oportunidad en las que se puede incidir, la
diputada Perla Patricia Flores Suárez, coordinadora del Grupo Legislativo del PVEM, presentó
en la Oficialía de Partes de la LXI Legislatura, la “Iniciativa de Ley por la que se reforman y
adicionan diversas disposiciones del Código Ambiental del Estado de Querétaro, en materia de
comercialización de animales”.
La diputada Flores Suárez plantea que existe legislación similar vigente en otras entidades como
la CDMX, donde desde 2017 se prohibió la venta de animales en bazares, mercados públicos y
mercados sobre ruedas, contribuyendo así al bienestar de diversas especies animales. Aunado
a que, como se recordará, en diciembre pasado se aprobó una reforma a la Constitución Federal
en la que se amplían las facultades del Congreso de la Unión para expedir leyes sobre
protección y bienestar de los animales y se estable que el cuidado animal es una
responsabilidad coordinada entre los gobiernos federal, estatal y municipal y se estipula que se
legislará para un trato justo y digno, al reconocer la importancia de los animales en la vida de las
personas y el entorno.
En ese sentido, la legisladora plantea la reforma el artículo 311 del Código Ambiental, para
establecer la prohibición de ofrecer o distribuir animales vivos de cualquier especie con fines de
propaganda “política o comercial” (…). De igual forma propone establecer que “está
estrictamente prohibida” la venta o donación de animales vivos de cualquier especie a personas
menores de 18 años y que “las crías de animales de compañía de vida silvestre no están sujetas
al comercio abierto”.
Por otra parte, la diputada Flores Suárez propone que además de los requisitos que ya
considera el Código Ambiental, en el artículo 315, para que los establecimientos dedicados a la
comercialización legal de especies de fauna en el estado obtengan la autorización respectiva, se
establezca que estos deberán “disponer de comida suficiente y adecuada, agua, lugares para
dormir y personal capacitado para el cuidado de los animales”.
Asimismo, en el artículo 316, plantea la propuesta de que quede prohibido que en los locales de
exhibición o expendio de animales, se ofrezcan estos en venta si están enfermos, lesionados “o
mutilados”, sea cual fuere la naturaleza o gravedad de la enfermedad, lesión “o mutilación y
también la prohibición de comercializar animales que tengan menos de 4 meses de nacidos”.
La legisladora Perla Flores también está planteando en su propuesta, la prohibición de vender
cualquier tipo de animal, ya sea silvestre o doméstico, tanto en la vía pública, como “en
vehículos o en áreas comunes”.
Además propone establecer que al momento de la venta, el vendedor debe entregar al
comprador: Un certificado de vacunación y uno de salud en el que conste y de fe que el animal
se encuentra libre de enfermedades, así como un documento que acredite la venta y en el que
conste el sexo, edad y antecedentes de procedencia del animal, también nombre y domicilio de

la persona responsable, además de un Manual de Cuidado, albergue y dieta del animal
adquirido, el cual, deberá estar certificado por Médico Veterinario Zootecnista.
La legisladora también propone establecer que “la comercialización podrá realizarse por medio
de catálogos, siempre y cuando se cumpla con la normatividad federal y local en materia de
protección, cuidado y trato digno y respetuoso a los animales”.
De igual forma contempla la adición de un Artículo 322 Bis, que establezca que “toda persona
física o moral que se dedique a la cría, venta deberá disponer de todos los medios necesarios, a
fin de que los animales reciban un trato digno y respetuoso y mantengan niveles adecuados de
bienestar de acuerdo con los adelantos científicos en uso”.

CON INFORMACION DE COM SOC LXI LEGISLATURA QRO.

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